martes, 13 de abril de 2010

Simón Bolívar: Su Pensamiento y Vigencia Hoy

ALEXANDER ALVARADO CONTRERAS
alexanderalvaradocontreras@gmail.com


SIMÓN BOLÍVAR: SU PENSAMIENTO Y VIGENCIA HOY

Dentro del CICLO BICENTENARIO, que se ha inicado éste año 2010, es propicio y fundamental, profundizar en el conocimiento del pensamiento Bolivariano, sus documentos deben ser fuente de permanente reflexión, para los Venezolanos, venezolanas y latinoamericanos, como uno de los próceres de ésta región. Su vigencia es indiscutible.

Es abundante la literatura y lo que se ha escrito sobre Simón Bolívar. Y fue mucho lo que escribió Bolívar entre cartas, proclamas, decretos, una prosa abundante, como no la han tenido intelectuales en el reposo del trabajo, pues, sabemos que la vida de Bolivar es un ejemplo de Reflexión y acción. Entre viajes, batallas, amoríos, amenazas a su vida, traiciones, escribió mas de 10 mil documentos..

Leer a Simón Bolivar es encontrarnos con nosotros mismos, con nuestra identidad cultural latinoamericana y caribeña, política, ideológia, ideosincracia, historia, valores, pensamiento nacionalista e internacionalista.

El pensamiento de El Libertador está plenamente vigente, sus posturas políticas, geoestratégicas, de intelectual comprometido, de militar formado para la grandeza, para la libertad y en contra de la opresión, de lealtad con las ideas y propósitos de unión y emancipación. En el presente siglo XXI, la Unión Latinoamericana y Caribeña es la única garantía de permanecer y profundizar la libertad de nuestros pueblos, frente al neoliberalismo, el imperio, la imposición cultural, económica yfinanciera.

En éste trabajo pretendemos con mucha humildad, brindar un aporte sistemático de las ideas de Simón Bolívar, que tienen plena vigencia y que se pueden agrupar para la investigación y profundización. Tomamos la excelente compilación de Manuel Pérez Vila, en el Libro Doctrina del Libertador y que aparece en la Web, como base de los documentos que aqui se reproducen.

Los grandes ejes del pensamiento Bolivariano, lo podemos señalar, dentro de un proceso de sistematización en:

1.- EJE DE PENSAMIENTO LIBERTARIO Y DE UNIÓN DE SIMÓN BOLIVAR.

La mayor manifestación de amor por la libertad, la expresó Simón Bolivar al buscar la liberación no sólo de la actual Venezuela del yugo Español, sino que siempre tuvo una visión internacionalista e integradora del Nuevo Mundo, Por su claridad estratégica crea la Gran Colombia, hecha realidad por Simón Bolivar con la unión de Venezuela, la Nueva Granada ( hoy llamada Colombia) y Ecuador. Lucho Bolívar y logró la creación de Bolivia, y la liberación del Perú y lo que hoy es Panamá que era territorio de Colombia en aquel momento histórico. Franciso de Miranda habló de la América del sur y la llamó Colombeia, desde el Río Misissipi hasta el Cabo de hornos.
El 14 de Diciembre de 1819 es cuando se crea la Gran Colombia. Y esta creación la hace Bolivar, en aras de garantizar la libertad de los pueblos, la soberanía y su permanencia en el tiempo. Su pensamiento es más actual hoy, cuando todo le ha dado la razón, en el deseo de Unidad que tenía el Libertador de la américa del Sur, así se expresaba:
Señores del Cuerpo Legislativo:
Al entrar en este augusto recinto, mi primer sentimiento es de gratitud por el honor infinito que se ha dignado dispensarme cl Congreso permitiéndome volver a ocupar esta silla, que no ha un año cedí al presidente de los representantes del pueblo.
Cuando inmerecidamente y contra mis más fuertes sentimientos, fui encargado del poder ejecutivo, al principio de este año, representé al cuerpo soberano que mi profesión, mi carácter y mis talentos eran incompatibles con las funciones de magistrado; así, desprendido de estos deberes dejé su cumplimiento al Vicepresidente, y únicamente tomé sobre mí el encargo de dirigir la guerra. Marché luego al ejército de Occidente, a cuyo frente se hallaba el general Morillo con fuerzas superiores. Nada habría sido más aventurado que dar una batalla en circunstancias en que la capital de Caracas debía ser ocupada por las tropas expedicionarias últimamente venidas de Europa, y en momentos en que esperábamos nuevos auxilios. El general Morillo, al aproximarse el invierno, abandonó las llanuras del Apure, y juzgué que más ventajas produciría a la República la libertad de la Nueva Granada que completar la de Venezuela.
Sería demasiado prolijo detallar al Congreso los esfuerzos que tuvieron que hacer las tropas del ejército libertador para conseguir la empresa que nos propusimos. El invierno en llanuras anegadizas, las cimas heladas de los Andes, la súbita mutación de clima, un triple ejército aguerrido, y en posesión de las localidades más militares de la América meridional, y otros muchos obstáculos tuvimos que superar en Paya, Gámeza, Vargas, Boyacá y Popayán para libertar en menos de tres meses doce provincias de la Nueva Granada.
Yo recomiendo a la soberanía nacional el mérito de estos grandes servicios por parte de mis esforzados compañeros de armas, que con una constancia sin ejemplo padecieron privaciones mortales, y con un valor sin igual en los anales de Venezuela, vencieron y tomaron el ejército del Rey. Pero no es sólo al ejército libertador a quien debemos las ventajas adquiridas. El pueblo de la Nueva Granada se ha mostrado digno de ser libre. Su eficaz cooperación reparó nuestras pérdidas y aumentó nuestras fuerzas. El delirio que produce una pasión desenfrenada, es menos ardiente que el que ha sentido la Nueva Granada al recobrar su libertad.
Este pueblo generoso ha ofrecido todos sus bienes y todas sus vidas en las aras de la patria, ofrendas tanto más meritorias cuanto que son espontáneas. Sí, la unánime determinación de morir libres y de no vivir esclavos ha dado a la Nueva Granada un derecho a nuestra admiración y respeto. Su anhelo por la reunión de sus provincias a las provincias de Venezuela es también unánime. Los granadinos están íntimamente penetrados de la inmensa ventaja que resulta a uno y otro pueblo de la creación de una nueva República, compuesta de estas dos naciones. La reunión de la Nueva Granada y Venezuela es el objeto único que me he propuesto desde mis primeras armas: es el voto de los ciudadanos de ambos países y es la garantía de la libertad de la América del Sur.
¡Legisladores! El tiempo de dar una base fija y eterna a nuestra República ha llegado. A vuestra sabiduría pertenece decretar este grande acto social y establecer los principios del pacto sobre los cuales va a fundarse esta vasta República. Proclamadla a la faz del mundo y mis servicios quedarán recompensados.
SIMÓN BOLÍVAR”

OTRA CITA SOBRE LA CREACIÓN DE LA GRAN COLOMBIA:

La actual Venezuela, la Nueva Granada ( Hoy colombia) y el territorio actual de Panama, constituidas por Simón Bolivar como La Gran Colombia, sin duda que causaba preocupación en los Estados Unidos por la importancia estratégica, militar, geopolítica, de un extenso territorio y población, que le haría contrapeso a las concepciones hegemónicas que ya se anunciaban en la doctrina política y militar del naciente imperio del norte y de la Europa. Lo avisora Bolivar al señalar que: “... las potencias extranjeras...os respetaran por vuestras armas vencedoras.”, esto lo señala el 8 de Marzo de 1820, en la proclamación de la Gran Colombia, a la que luego se incorporaría Ecuador. Esta unión sin duda que garantizaba la libertad, la emancipación, la creación de una región, no dependiente de potencias extranjeras, garantías de desarollo para sus pueblos.

“SIMÓN BOLÍVAR,
Libertador y Presidente de Colombia, General en Jefe de sus Ejércitos, etc., etc., etc.
¡Colombianos!
¡La república de Colombia, proclamada por el Congreso General, y sancionada por los pueblos libres de Cundinamarca y Venezuela, es el sello de vuestra independencia, de vuestra prosperidad, de vuestra gloria nacional!
Las potencias extranjeras al presentaros constituidos sobre bases sólidas y permanentes de extensión, populación y riqueza, os reconocerán como Nación y os respetarán por vuestras armas vencedoras: os estimarán por la justicia de vuestra causa y os admirarán por vuestra consagración a la patria. España misma, al veros montados sobre las inmensas ruinas que ella ha aglomerado en el ámbito de Colombia, conocerá que sois hombres capaces de gozar de vuestros derechos y de la eminente dignidad a que son destinados todos los mortales por la intención de la naturaleza. Sí, la España agotada en recursos, y en paciencia, abandonará nuestra patria al curso de su destino, recobrará la paz de que ha menester para no sucumbir y nosotros recobraremos el honor de no ser españoles.
¡Colombianos! Los crepúsculos del día de paz iluminan ya la esfera de Colombia. Yo contemplo con un gozo inefable este glorioso período en que van a separarse las sombras de la opresión de los resplandores de la libertad. Tan majestuoso espectáculo me asombra y encanta; con anticipación me lisonjeo de vuestra colocación política en la faz del Universo, de la igualdad de la naturaleza, de los honores de la virtud, de los premios del mérito, de la fortuna, del saber y de la gloria de ser hombres. Vuestra suerte va a cambiar; a las cadenas, a las tinieblas, a la ignorancia, a las miserias, van a suceder los sublimes dones de la Providencia Divina, la libertad, la luz, el honor y la dicha.
¡Colombianos! Yo os lo prometo en nombre del Congreso: seréis regenerados: vuestras instituciones alcanzarán la perfección social, vuestros tributos abolidos, rotas vuestras trabas; vuestras virtudes serán vuestro patrimonio, y sólo el talento, el valor y la virtud serán coronados.
¡Cundinamarqueses! Quise ratificarme si deseabais aún ser colombianos: me respondisteis que sí, y os llamo colombianos! ¡Venezolanos! Siempre habéis mostrado el vivo interés de pertenecer a la gran República de Colombia y ya vuestros votos se han cumplido. La intención de mi vida ha sido una: la formación de la República libre e independiente de Colombia entre dos pueblos hermanos. Lo he alcanzado: ¡¡¡Viva el Dios de Colombia!!!
Cuartel General en la ciudad de Bogotá, 8 de marzo de 1820. 10º “



LIBERTAD PARA MARIA JACINTA BOLIVAR.

Pero el pensamiento libertario de Simón Bolivar incluía a los esclavos y a los indios, hoy apropiadamente llamados estos, pueblos originarios de Nuestra América, como lo señalo José Martí.

Así es admirable, el ejemplo que dió el Libertador al dejar en libertad a su esclava Maria Jacinta Bolivar, en 1821, lo cual ratifica en carta de fecha 26 de Abril de 1827 y así declara:

“Conste que a María Jacinta Bolívar, esclava de mi propiedad en la hacienda de San Mateo, le concedí la libertad, de que ahora goza, en el año de mil ochocientos veintiuno, después de la batalla de Carabobo. Libertad que ratifico por la presente carta dada en Caracas.


Esto es demostrativo de la grandeza moral, de la consecuencia con sus ideas sobre la libertad plena en que debían vivir los seres humanos, no habia óbice para mantener la esclavitud, maxime, que los esclavos, habían dado su grandioso y excelso aporte, en vidas y sangre, en la lucha independentista venezolana y Gran Colombiana. Esto queda demostrado en comunicación oficial de Simón Bolïvar de fecha 14 de Julio de 1821, donde en recompensa por la Victoria en la Batalla de Carabobo, soliicita que el Congreso decrete que los hijos de esclavas, que nazcan en el territorio de la República, serán libres ipso facto.

Valencia, 14 de julio de 1821
A S. E. el señor Presidente del Soberano Congreso de Colombia.
La sabiduría del congreso general de Colombia está perfectamente de acuerdo con las leyes existentes en favor de la manumisión de los esclavos; pero ella pudo haber extendido el imperio de su beneficencia sobre los futuros colombianos que, recibidos en una cuna cruel y salvaje, llegan a la vida para someter su cerviz al yugo. Los hijos de los esclavos que en adelante hayan de nacer en Colombia deben ser libres, porque estos seres no pertenecen más que a Dios y a sus padres, y ni Dios ni sus padres los quieren infelices. El Congreso general, autorizado por sus propias leyes, y aun más, por la naturaleza, puede decretar la libertad absoluta de todos los colombianos al acto de nacer en el territorio de la República. De este modo se concilian los derechos posesivos, los derechos políticos y los derechos naturales.
Sírvase V. E. elevar esta solicitud de mi parte al Congreso general de Colombia para que se digne concedérmela en recompensa de la batalla de Carabobo, ganada por el ejército libertador, cuya sangre ha corrido sólo por la libertad.
Dios, etc.
SIMÓN BOLÍVAR





LIBERTAD Y DERECHOS DE LOS INDÍGENAS (PUEBLOS ORIGINARIOS) DEL PERÚ


Manifiesta Simón Bolívar la libertad del pueblo originario del Perú, con una precisión jurídica, humanista, de libre derecho al trabajo oponiéndose a las labores forzadas del indigenas, practicamente es una manifestación de principios respecto al llamado Indio, pero con ello válido, para todos los habitantes originarios de la América del sur..

En fecha 4 de Julio de 1825 proclama los derechos del indio como ciudadano y así queda expresado:


“SIMÓN BOLÍVAR,
Libertador Presidente de la República de Colombia, Libertador de la del Perú y Encargado del Supremo Mando de ella, etc., etc.
Considerando:
1º Que la igualdad entre todos los ciudadanos es la base de la Constitución de la República;
2º Que esta igualdad es incompatible con el servicio personal que se ha exigido por fuerza a los naturales indígenas, y con las exacciones y malos tratamientos que por su estado miserable han sufrido éstos en todos tiempos por parte de los jefes civiles, curas, caciques y aun hacendados;
3º Que en la distribución de algunas pensiones y servicios públicos han sido injustamente recargados los indígenas;

4º Que [en] el precio del trabajo a que ellos han sido dedicados de grado o por fuerza, así en la explotación de minas como en la labor de tierras y obrajes han sido defraudados de varios modos;
5º Que una de las pensiones más gravosas a su existencia es el pago ele los derechos excesivos y arbitrarios que comúnmente suele cobrárseles por la administración de los Sacramentos; he venido en decretar y
Decreto:
1º Que ningún individuo del Estado exija directa o indirectamente el servicio personal de los peruanos indígenas, sin que preceda un contrato libre del precio de su trabajo.
2º Se prohíbe a los prefectos de los departamentos, intendentes, gobernadores y jueces, a los prelados eclesiásticos, curas y sus tenientes, hacendados, dueños de minas y obrajes que puedan emplear a los indígenas contra su voluntad en faenas, séptimas, mitas, pongueajes y otras clases de servicios domésticos usuales.
3º Que para las obras públicas de común utilidad que el gobierno ordenare no sean pensionados únicamente los indígenas como hasta aquí, debiendo concurrir todo ciudadano proporcionalmente según su número y facultades.
4º Las autoridades políticas, por medio de los alcaldes o municipalidades de los pueblos, harán el repartimiento de bagajes, víveres y demás auxilios para las tropas o cualquiera otro objeto de interés, sin gravar más a los indígenas que a los demás ciudadanos.
5º Los jornales de los trabajadores en minas, obrajes y haciendas deberán satisfacerse según el precio que contrataren en dinero contante, sin obligarles a recibir especies contra su voluntad y a precios que no sean corrientes de plaza.
6º El exacto cumplimiento del artículo anterior queda encargado a la vigilancia y celo de los intendentes, gobernadores y diputados territoriales de minería.
7º Que los indígenas no deberán pagar más cantidad por derechos parroquiales que las que designen los aranceles existentes o los que se dieren en adelante.

8º Que los párrocos y sus tenientes no puedan concertar estos derechos con los indígenas sin la intervención del intendente o gobernador del pueblo.
9º Cualquiera falta u omisión en el cumplimiento de los anteriores artículos producirá acción popular y será capítulo expreso de que ha de hacer cargo en residencia.
10º El Secretario General interino queda encargado de la ejecución y cumplimiento de este decreto.
Imprímase, publíquese y circúlese.
Dado en el Cuzco, a 4 de julio de 1825. - 6º y 4º
SIMÓN BOLÍVAR
Por orden de Su Excelencia,
Felipe Santiago Estenós

LIBERTAD Y DISTRIBUCIÓN DE TIERRAS PARA LO INDÍGENAS
El mismo 4 de Julio de 1825 el Libertador decreta la distribución de tierras para los indígenas del Perú.


“SIMÓN BOLÍVAR,
Libertador Presidente de la República de Colombia, Libertador de la del Perú y Encargado del Supremo Mando de ella, etc., etc.
Considerando:
1º Que a pesar de las disposiciones de las leyes antiguas nunca se ha verificado la repartición de las tierras con la proporción debida;
2º Que la mayor parte de los naturales han carecido del goce y posesión de ellas;
3º Que mucha parte de dichas tierras, aplicables a los llamados indios, se hallan usurpadas con varios pretextos por los caciques y recaudadores;
4º Que el uso precario que se les concedió en el gobierno español ha sido sumamente perjudicial a los progresos de la agricultura y a la prosperidad del Estado;

5º Que la Constitución de la República no conoce la autoridad de los caciques sino la de los intendentes de provincia y gobernadores de sus respectivos distritos, he venido en decretar y
Decreto:
1º Que se ponga en ejecución lo mandado en los artículos 3º, 4º y 5º del decreto dado en Trujillo a 8 de abril de 1824 sobre repartición de tierras de comunidad.
2º En la masa repartible se incluirán aquellas de que se han aprovechado los caciques y recaudadores por razón de su oficio, esclareciéndolas los comisionados para la venta y distribución de las tierras.
3º La mensura, repartición y venta de tierras de cada provincia se ejecutará por personas de probidad e inteligencia que proponga en terna al prefecto la junta Departamental luego que se establezca bajo su responsabilidad, formándose por ella misma el arancel de las dietas y derechos que deban llevar aquéllos en el desempeño de esta comisión.
4º No se comprenden en el artículo 2º los caciques de sangre en posesión y los que acrediten su legítimo derecho, a quienes se declara la propiedad absoluta de las tierras que en repartimiento les hayan sido asignadas.
5º Los caciques que no tengan ninguna posesión de tierra propia recibirán por su mujer y cada uno de sus hijos la medida de cinco topos de tierra o una igual a ésta en los lugares donde no se conozca la medida de topos.

6º Cada indígena, de cualquiera sexo o edad que sea, recibirá un topo de tierra en los lugares pingües y regados.
7º En los lugares privados de riego y estériles, recibirán dos topos.
8º Los indígenas que fueron despojados de sus tierras en tiempo del gobierno español para recompensar con ellas a los llamados pacificadores de la revolución del año 14, se les compensará en el repartimiento que se haga de las tierras de comunidad con un tercio más de terreno que el que se asigne a los demás que no hayan experimentado este perjuicio.
9º Que la propiedad absoluta, declarada a los denominados indios en el artículo 2º del citado decreto, se entienda con la limitación de no poderlos enajenar hasta el año 50 y jamás en favor de manos muertas, so pena de nulidad.
10º El Secretario General interino queda encargado de la ejecución y cumplimiento de este decreto.
Imprímase, publíquese y circúlese.
Dado en el Cuzco, a 4 de julio de 1825. - 6º y 4º
SIMÓN BOLÍVAR
Por orden de Su Excelencia,
Felipe Santiago Estenós”




La vigencia del pensamiento libertario de Simón Bolívar lo vemos realizado hoy en Bolivia, quien despues de 500 años de opresión, saqueo cultural, esta siendo dirigido el Estado, por el pueblo originario de esas tierras. Asi como el reconocimeinto constitucional y real, que se dá a las etnias, en Venezuela, Ecuador, Nicaragua, El Salvador, todavía falta mucho espacio por conquistar, pero se esta avanzando, en el reconocimiento a nuestras raices, tal como lo analizó y señaló José Carlos Mariátegui.

La emancipación y liberación de los pueblos latinoamericanos y caribeños, se logrará en la medida en que el soberano, asuma la dirección del aparato estatal. En cada país, se fortalezca la democratizaión del conocimiento, la educación, la cultura, la ciencia y la tecnología al sevicio del pueblo y no de élites.

En el caso Venezolano, la verdadera libertad del pueblo se esta logrando, en los últimos 11 años, dentro del proceso revolucionario de la V República, con inclusión, participación, poder popular, educación, cultura, ciencia y tecnología al sevicio de las mayorías nacionales. Se expande la nueva doctrina de la democracia participativa, de la revolución de los pueblos, del poder popular.
Es necesario avanzar en la libertad económica y fiananciera de los pueblos y trabajadores. Hoy la lucha por la libertad es la lucha en contra de la explotación de los trabajadores y trabajadoras. Que las industrias y grandes empresas de producción, transformación, de materias primas, de distribución, y las tierras, pasen al control de los trabajadores, de los campesinos, pues, ésta es la verdadera libertad actual. Los explotados de hoy son millones de trabajadores y trabajadoras que luchan por su liberación del yugo explotador del patrón, de las grandes empresas que todos los días se enriquecen esquilmando al obrero, al trabajador y trabajadora y su fuerza de trabajo.

Un pensamiento de El Libertador: “Yo desprecié los grados y distinciones. Aspiraba a un destino más honroso: derramar mi sangre por la libertad de mi Patria”. (Discurso en el Convenio de Franciscanos de Caracas, 2 de enero de 1814)




2.- EJE DE PENSAMIENTO PLURIETNICO. Y RECONOCIMIENTO A LA ESPECIFICIDAD DEL NUEVO MUNDO. DIFERENTE AL EUROPEO.

Simón Bolívar, sumaba a su conocimiento de los pensadores universales del pasado y presente de Europa, un profundo análisis de la realidad del Nuevo mundo, de la composición étnica de su población y de los valores que iban delineando a los pueblos en su interación cultural. El 28 de Septiembre de 1815, expone brillantemente sobre la etnicidad y el comportamiento del habitante de la Améria del Sur:

“ De quince a veinte millones de habitantes que se hallan esparcidos en este gran continente de naciones indígenas, africanas, españolas y razas cruzadas, la menor parte es ciertamente de blancos; pero también es cierto que ésta posee cualidades intelectuales que le dan una igualdad relativa y una influencia que parecerá supuesta a cuantos no hayan podido juzgar, por sí mismos, del carácter moral y de las circunstancias físicas, cuyo compuesto produce una opinión lo más favorable a la unión y armonía entre todos los habitantes; no obstante la desproporción numérica entre un color y otro... El indio es de un carácter tan apacible que sólo desea el reposo y la soledad; no aspira ni aun a acaudillar su tribu, mucho menos a dominar las extrañas. Felizmente esta especie de hombres es la que menos reclama la preponderancia; aunque su número excede a la suma de los otros habitantes. Esta parte de la población americana es una especie de barrera para contener a los otros partidos; ella no pretende la autoridad, porque ni la ambiciona ni se cree con aptitud para ejercerla, contentándose con su paz, su tierra y su familia. El indio es el amigo de todos, porque las leyes no lo habían desigualado y porque, para obtener todas las mismas dignidades de fortuna y de honor que conceden los gobiernos, no han menester de recurrir a otros medios que a los servicios y al saber; aspiraciones que ellos odian más que lo que pueden desear las gracias.

El esclavo en la América española vegeta abandonado en las haciendas, gozando,
por decirlo así, de su inacción, de la hacienda de su señor y de una gran parte de los bienes de la libertad; y como la religión le ha persuadido que es un deber sagrado servir, ha nacido y existido en esta dependencia doméstica, se considera en su estado natural como un miembro de la familia de su amo, a quien ama y respeta.
Estamos autorizados, pues, a creer que todos los hijos de la América española,
de cualquier color o condición que sean, se profesan un afecto fraternal recíproco,
que ninguna maquinación es capaz de alterar. Nos dirán que las guerras civiles prueban lo contrario. No, señor. Las contiendas domésticas de la América nunca se han originado de la diferencia de castas: ellas han nacido de la divergencia de las opiniones políticas y de la ambición particular de algunos hombres, como todas las que han afligido a las demás naciones. Todavía no se ha oído un grito de proscripción contra ningún color, estado o condición; excepto contra los españoles europeos, que tan acreedores son a la detestación universal.
Hasta el presente se admira la más perfecta armonía entre los que han nacido en este suelo, por lo que respecta a nuestra cuestión; y no es de temerse que en lo futuro suceda lo contrario, porque para entonces el orden estará establecido, los gobiernos fortificados con las armas, la opinión, las relaciones extranjeras y la emigración europea y asiática, que necesariamente debe aumentar la población. “

Es indudable la vigencia del pensamiento del libertador, sobre la armonía, el respeto por el otro, la pluriculturalidad y lo multiétnico, que existe en la América del Sur. Salvo la conducta de los sectores oligarcas, nuevos godos del siglo XXI, de algunos paises que se sienten estupidamente superiores, mejores y diferentes al resto de los mortales latinoamericanos y caribeños, la convivencia, es real. Si comparamos con la intolerancia que se produce en Europa y en los Estados Unidos del Norte de América, para con los extranjeros, los latinos, los africanos, los arabes, musulmanes, palestinos, Irakies, Iranies; resulta que los nuevos y mas altos valores de la civilización, de la confraternidad, de la hermandad, de la solidaridad, se estan construyendo, creando, formando y esparciendo desde el sur de la América.

Como lo señaló José Vasconcelos, los habitantes de la América del Sur somos la raza cósmica, no como raza superior sino como elemento de identidad y prototipo o como lo afirmara el Che Guevara la creación del hombre nuevo y nosotros le agregamos de la mujer nueva. Tenemos una filosofía propia, una cultura, una ética, unos valores, en armonía con la pachamama o madre tierra, Es necesario construir una economía y finanzas adecuadas para el desarollo de los pueblos latinoamericanos y Caibeños.


3.- EJE DE PENSAMENTO DEL LIBERTADOR: DE REDISTRIBUCION DE LA RIQUEZA, COMO INICIO DE LA JUSTICIA ECONÓMICA.

La distribución equitativa de la riqueza, fue parte del pensamiento del Libertador. Cuantas guerras se hubiesen evitado, si se hubiera cumplido sus mandatos, cuantos sufrimientos hubieran dejado de padecer los pueblos originarios, los esclavos, si se hubiese seguido sus lineamientos de justicia y equidad. Pero la avaricia de unos pocos políticos, comerciantes, usureros, alteraban y no cumplían sus ordenes. Tenía Simón Bolivar el cuidado de ordenar que se devolvieran todas las tierras de los resguardos a sus tenedores, que se repartieran a las familias tierras hasta donde pudieran cultivarlas, cuidaba que se cumpliera hasta con la justicia espiritual a los creyentes y se imponía sanciones al cura que no adminsitrase los sacramentos a los ciudadanos, por deudas que estos tuviesen con la iglesia. El dinero de los arrendamientos de tierras debía tener especial destino el pago a los maestros. Lo cual demuestra que para Bolivar la mayor justicia era brindar educación y el pago a quien cumplía dicha labor.

Así el 20 de Mayo de 1820 decreta los derechos económicos de los indígenas y para garantizar el fomento económico y educativo de esta parte importante de la población.

Esta concepción redistributiva de la riqueza nacional, es necesario seguirla desarollando y cumpliendo, pues hoy, vemos como las oligarquias, latinoamericanas y caribeñas, se apropiaron durante todo el siglo XIX y XX, de la riqueza de las naciones, como entregaron y aceptaron por unas migajas que las transnacionales saquearan las riquezas minerales y naturales de cada país. El empobrecimiento de los pueblos de Suramérica, la falta de educación, comida, salud, trabajo, se limitaba a las grandes mayorías nacionales, para beneficiar a elites burguesas de banqueros, industriales y terratenientes. El siglo XXI se ha iniciado con la profundización del pensamiento de los libertadores y luchadores por la liberación de los pueblos, con gobiernos que han demostrado que redistribuyendo la riqueza con equidad y justica, los pueblos progresan y se hacen libres. Que las deudas con el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial, fue producto de las malas administraciones, la corrupción y el entreguismo de las burguesías de cada país. La administración de los recursos ecoonómicos y financieros debe estar en manos del pueblo soberano, así como los Bancos Centrales, la Banca Estatal y el sistema financiero de cada Estado.


SIMÓN BOLÍVAR,
Libertador Presidente, etc., etc.
Deseando corregir los abusos introducidos en Cundinamarca en la mayor parte de los pueblos de naturales, así contra sus personas como contra sus resguardos y aun contra sus libertades, y considerando que esta parte de la población de la República merece las más paternales atenciones del gobierno por haber sido la más vejada, oprimida y degradada durante el despotismo español, con presencia de lo dispuesto por las leyes canónicas y civiles, he venido en decretar y
DECRETO:
Artículo 1° Se devolverá a los naturales, como propietarios legítimos, todas las tierras que formaban los resguardos según sus títulos, cualquiera que sea el que aleguen para poseerlas los actuales tenedores.
Artículo 2° Las fundaciones que carguen sobre los dichos resguardos, no teniendo aprobación de la autoridad a quien corresponde o ha correspondido concederla, quedarán sin efecto ni valor aunque hayan subsistido por tiempo inmemorial.
Artículo 3° Integrados los resguardos en lo que se les haya usurpado, los jueces políticos repartirán a cada familia tanta extensión de terreno cuanto cómodamente pueda cultivar cada una, teniendo presente el número de personas de que conste la familia y la extensión total de los resguardos.
Artículo 4° Si repartidos los resguardos a las familias, como se ha dicho, quedaren tierras sobrantes, las arrendarán por remate los mismos jueces políticos a los que más dieren y afianzaren mejor, prefiriendo siempre por el tanto a los actuales poseedores.
Artículo 5° Las familias, o los miembros de ellas, no podrán arrendar la parte que les toque sino con conocimiento del juez político para evitar los daños y fraudes que se les causaren.
Artículo 6° Los productos de los terrenos que se arrienden conforme al artículo 4°, se destinarán, parte para el pago de tributos y para el pago de los sueldos de maestros de las escuelas que se establecerán en cada pueblo. Cada maestro gozará anualmente de un sueldo de ciento veinte pesos si alcanzaren o excedieren de esta cantidad los arrendamientos; si fueren menos, será todo para el maestro.
Artículo 7° El juez político, de acuerdo con el cura de cada pueblo, nombrará estos maestros y participará sus nombramientos a los gobernadores de la provincia para que éstos lo hagan al gobernador del departamento.
Artículo 8° Los gobernadores políticos de las provincias formarán el reglamento que deba observarse en las escuelas de sus respectivas provincias, detallando el método de enseñanza y de educación.
Artículo 9º Todos los jóvenes mayores de cuatro años y, menores de catorce asistirán a las escuelas, donde se les enseñarán las primeras letras, la aritmética, los principios de la religión y los derechos y deberes del hombre y del ciudadano en Colombia conforme a las leyes.
Artículo 10º Deducido el sueldo de los maestros, se aplicarán las rentas que sobren de los arrendamientos al ramo de tributos, rebajando este total que se aplique del total general con que contribuya el pueblo a quien se aliviará la contribución a prorrata.
Artículo 11º Para que estas operaciones se ejecuten con todo el método, orden y exactitud que exige la utilidad general de los pueblos, estarán obligados los jueces políticos a llevar cuenta corriente de los arrendamientos y la presentarán con la de los tributos a los ministros respectivos del tesoro público.
Artículo 12º Ni los curas, ni los jueces políticos, ni ninguna otra persona empleada o no, podrán servirse de los naturales de ninguna manera, ni en caso alguno, sin pagarles el salario que antes estipulen en contrato formal celebrado a presencia y con consentimiento del juez político. El que infringiere este artículo pagará el doble del valor del servicio hecho y los jueces políticos exigirán esta multa irremediablemente a favor del agraviado por la menor queja que tengan; cuando los jueces mismos sean los delincuentes, serán los gobernadores políticos los que exigirán la multa dicha.
Artículo 13º La misma disposición del artículo 12º comprende a las cofradías cuyos ganados no pastarán en los resguardos si no pagan arrendamiento, ni serán guardados por los naturales si no del modo dicho en el artículo precedente.
Artículo 14º Cesarán absolutamente desde este momento, como escandalosas y contrarias al espíritu de la religión, a la disciplina de la Iglesia y a todas las leyes, las costumbres de no administrar los sacramentos a los feligreses mientras no han pagado los derechos de cofradía y congrua, la de obligarlos a que hagan fiestas a los santos y la de exigirles derechos parroquiales de que están exentos los naturales por el estipendio que da el Estado a los curas. Los curas que contravinieren a este artículo, continuando los mismos abusos, sufrirán el rigor ele las leyes en un juicio severo, y al efecto los jueces políticos velarán la conducta de los curas para dar cuenta al gobierno de la menor falta que noten en esta parte y que se provea lo que corresponda.
Artículo 15º Los naturales, como todos los demás hombres libres de la República, pueden ir y venir con sus pasaportes, comerciar sus frutos y efectos, llevarlos al mercado o feria que quieran, y ejercer su industria y talentos libremente, del modo que ellos elijan sin que se les impida.
Artículo 16º El presente decreto no sólo se publicará del modo acostumbrado, sino que los jueces políticos instruirán de su contenido a los naturales, instándolos a que representen sus derechos aunque sea contra los mismos jueces y a que reclamen cualquiera infracción que se cometa.
Artículo 17º El Vicepresidente de Cundinamarca se encarga de su cumplimiento y ejecución de este decreto.
Dado en el Cuartel General del Rosario de Cúcuta, a 20 de mayo de 1820. - 10º
SIMÓN BOLÍVAR




LA LEY DE REPARTICIÓN DE BIENES NACIONALES

Otro decreto importante que garantizaba, la redistribución de la riqueza nacional , fue el que mandaba a repartir enre los militares republicanos, los bienes secuestrados y confiscados a los españoles y americanos realistas Debemos comprender que el mayor contingente de militares de las filas patriotas lo conformaba, gente del pueblo, que dejaba su familia sin recursos, ni garantías de regresar con vida, con lo cual, se hacia justicia en la distribución de la riquezas confiscadas a los españoles. De fecha 10 de Otubre de 1817, el decreto estableció, la siguiente Ley de repartición de Bienes Nacionales:


“La Ley de Repartición de Bienes Nacionales entre los militares del Ejército Republicano, instrumento de proyección social dictado por el Libertador en Angostura el 10 de octubre de 1817

SIMÓN BOLÍVAR,
Jefe Supremo de la República, Capitán General de los Ejércitos de Venezuela y de Nueva Granada.
Considerando que el primer deber del Gobierno es recompensar los servicios de los virtuosos defensores de la República, que sacrificando generosamente sus vidas y propiedades por la libertad y felicidad de la patria, han sostenido y sostienen la desastrosa guerra de la Independencia, sin que ni ellos ni sus familiares tengan los medios de subsistencia; y considerando que existen en el territorio ocupado por las armas de la República, y en el que vamos a libertar, poseído hoy por los enemigos, multitud de propiedades de españoles y americanos realistas, que conforme al decreto y reglamento publicado en 3 de setiembre del presente año, deben secuestrarse y confiscarse, he venido en decretar y decreto lo siguiente:
ARTÍCULO 1º
Todos los bienes raíces e inmuebles, que con arreglo al citado decreto y reglamento, se han secuestrado y confiscado, o deben secuestrarse y confiscarse, y no se hayan enajenado ni puedan enajenarse a beneficio del erario nacional, serán repartidos y adjudicados a los generales, jefes, oficiales y soldados de la República, en los términos que abajo se expresarán.

ARTÍCULO 2º
Siendo los grados obtenidos en la campaña una prueba incontestable de los diferentes servicios hechos por cada uno de los individuos del ejército, la repartición de las propiedades, de que habla el Artículo antecedente, se hará con arreglo a ellos, a saber:

Al General en jefe
25.000
pesos
Al General de División
20.000
"
Al General de Brigada
15.000
"
Al Coronel
10.000
"
Al Teniente-Coronel
9.000
"
Al Mayor
8.000
"
Al Capitán
6.000
"
Al Teniente
4.000
"
Al Subteniente
3.000
"
Al Sargento primero y segundo
1.000
"
Al Cabo primero y segundo
700
"
Y al Soldado
500
"
ARTÍCULO 3º
Los oficiales, sargentos, cabos y soldados que obtuvieren ascensos posteriores a la repartición, tendrán derecho para reclamar el déficit que haya entre la cantidad que recibieron cuando ejercían el empleo anterior y la que les corresponde por el que últimamente se les hubiere conferido y ejerzan al tiempo de la última repartición.
ARTÍCULO 4º
Si hecho el cómputo del valor de las propiedades partibles, no alcanzare éste a cubrir todas las partes, el Gobierno ofrece suplir la falta con cualesquiera otros bienes nacionales y principalmente con las concesiones de terrenos baldíos.
ARTÍCULO 5º
Si antes o después de repartidas las propiedades, el Gobierno tuviere a bien premiar el valor, servicio o acción muy distinguida de un militar, podrá hacerlo cediéndole cualquiera de dichas propiedades, sin que en este caso esté obligado a consultar la graduación del agraciado ni la cantidad que se le concede.
ARTÍCULO 6º
En el caso de que un militar haya merecido y alcanzado la gracia de que habla el Artículo precedente, no tendrá éste derecho a reclamar la parte que le asigna el Articulo 2º, si el valor de la propiedad que se le haya cedido es mayor del que se le señala a su grado.
ARTÍCULO 7º
Cuando las propiedades partibles sean de un valor más considerable que las cantidades asignadas a los diferentes grados, el Gobierno cuidará de que las particiones se hagan del modo más conforme a los intereses de todos, para lo cual podrán acomunarse o acompañarse muchos, y solicitar se les conceda tal finca.
ARTÍCULO 8º
La repartición se hará por una comisión especial, que se nombrará oportunamente, y que se sujetará para ello al reglamento que al intento se publicará.
ARTÍCULO 9º
El Gobierno se reserva la inmediata dirección de esta comisión.
Publíquese, comuníquese a quienes corresponda y diríjase copia al Estado Mayor para que se inserte en la orden del día, que se hará circular por todas las divisiones y cuerpos de ejército de la República para su satisfacción.
Dado, firmado de mi mano, sellado con el sello provisional de la República y refrendado por el infrascrito secretario del gobierno supremo en el cuartel general de Santo Tomás de la Nueva Guayana, a 10 de octubre de 1817.- 7º.
SIMÓN BOLÍVAR
J. G. Pérez
Secretario


En el transcurso del siglo XIX y XX, se constató historicamente el despojo que han sufrido el pueblo venezolano, latinoamericanoy caribeño por los banqueros, políticos asaltantes del erario público, especuladores, terratenientes, empresarios asociados a políticos, políticos-empresarios y empresarios políticos, con lo cual se desmejoró la calidad de vida del Venezolano y venezolana, llegando a cifras de pobreza en las decadas de 1980 y 1990, que estaban entre el 60 y 70 % de la población. Desnutrición, analfabetismo, con una educación exclusiva para las elites, la salud privatizada, debido a la imposición de políticas neoliberales.
Es por ello que hoy el pensamiento de justicia distributiva de la riqueza nacional, desarrollada por el Libertador tiene plena y absoluta vigencia. La posibilidad real de liberación y emancipación del pueblo, pasa porque se apropie, maneje, disponga de los recursos económicos, financieros, naturales, de las tierras, para garantizar racionalmente la vida, la felicidad y la subsistencia segura de las nuevas generaciones. La nueva economía y finanzas latinoamericanas pasan por las iniciativas de la región, como el Banco del Sur, el Alba, Petrocaribe, Petrosur, la moneda El Sucre, Unasur, la creación de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños. La redistribución de la riqueza de América del Sur, debe buscar que sus recursos económicos, financieros y naturales, sean para el beneficio de los pueblos de la región, sin salir o servir para enriquecer a las oligarquias regionales y a las transnacionales de la economía con sede en los centros del poder capitalista mundial, sin que esto limite o impida el intercambio comercial mundial de nuevo tipo.


Un pensamiento de El Libertador: "... los Estados Unidos que parecen destinados por la Providencia para plagar la América de miserias en nombre de la Libertad"


4.- EJE DE PENSAMIENTO EDUCATIVO DE SIMÓN BOLÍVAR: EDUCACIÓN PARA TODOS, NO ELITEZCO NI EXCLUYENTE.

Bolívar mantuvo que la educación era el pilar de la sociedad del nuevo mundo. Junto a Simón Rodriguez consideraban que las bases de la Moral, de un ciudadano y que la construcción de la nueva sociedad, pasaba por fomentar la educación, en estos bastos territorios americanos, con poblaciones alejadas unas de otras, dificiles accesos, pocas vias de comunicación, poblamiento escaso. Llegó a decir que: “ más nos han dominado por la ignorancia que por la fuerza..” y “Moral y luces son nuestras primeras necesidades”. El gran pensamiento de Simón Bolivar, su basto conocimientos y cultura universal, le permitía debatir con su maestro cual era el método más adecuado, para las esuelas américanas, si la Lancasteriana, la Robinsoniana, u otra metodologia. Concebía Bolívar que las madres eran pilar fundamental para la educación de los hijos, se preocupaba que se publicaran en nuestro idioma las obras extranjeras, pedía que se estimulara a los sabios y esritores sobre temas que valoraran nuestros usos, costumbres y forma de gobierno.

Dentro del Poder Moral, Bolivar concebía una camara de educación, y así quedó establecida en su proyecto presentado al Congreso de Angostua en Febrero de 1819, por supeusto, la incomprensión, si se quiere el temor de los legisladores impidió que se creara la institución. No obstante hoy tiene plena vigencia el principio de crear un Poder Moral republicano y así ha quedado establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, además de fortalecerse el poder educativo, con principios socialistas, como lo son el de la “Educación para todos” y “Educación para toda la vida”



Atribuciones de la Cámara de Educación
Art. 1º La Cámara de Educación está encargada de la educación física y moral de los niños, desde su nacimiento hasta la edad de doce años cumplidos.
Art. 2º Siendo absolutamente indispensable la cooperación de las madres para la educación de los niños en sus primeros años, y siendo éstos los más preciosos para infundirles las primeras ideas y los más expuestos por la delicadeza de sus órganos, la Cámara cuidará muy particularmente de publicar y hacer comunes y vulgares en toda la República algunas instrucciones breves y sencillas, acomodadas a la inteligencia de todas las madres de familia sobre uno y otro objeto. Los curas y los agentes departamentales serán los instrumentos de que se valdrá para esparcir estas instrucciones, de modo que no haya una madre que las ignore, debiendo cada una presentar la que haya recibido y manifestar que la sabe el día que se bautice su hijo o se inscriba en el registro de nacimiento.
Art. 3º Además de estas instrucciones, la Cámara cuidará de publicar en nuestro idioma las obras extranjeras más propias para ilustrar la nación sobre este asunto, haciendo juicio de ellas, y las observaciones o correcciones que convengan.
Art. 4º Estimulará a los sabios y a todos a que escriban y publiquen obras originales sobre lo mismo, conforme a nuestros usos, costumbres y gobierno.
Art. 5º Como la Cámara misma recogerá dentro de poco tiempo mejor que nadie todos los datos y conocimientos necesarios para semejantes obras, compondrá y publicará alguna que sirva a la vez de estímulo para que se ocupen otros de este trabajo, y de ilustración para todos.
Art. 6º No perdonará medio ni ahorrará gasto ni sacrificio que pueda proporcionarle estos conocimientos. Al efecto de adquirirlos comisionará, pues, hombres celosos, instruidos y despreocupados que viajen, inquieran por todo el mundo y atesoren toda especie de conocimientos sobre la materia.
Art. 7º Pertenece exclusivamente a la Cámara establecer, organizar y dirigir las escuelas primarias, así de niños como de niñas, cuidando de que se les enseñe a pronunciar, leer y escribir correctamente las reglas más usuales de la aritmética y los principios de la gramática, que se les inspire ideas y sentimientos de honor y probidad, amor a la patria, a las leyes y al trabajo, respeto a los padres, a los ancianos, a los magistrados, y adhesión al Gobierno.
Art. 8º Siendo nuestros colegios actuales incapaces de servir para un gran plan de educación, será un cuidado muy especial de la Cámara delinear y hacer construir los que se necesitan en toda la República, tanto para niños como para niñas, que deben estar separados por lo menos desde que la razón empieza a obrar en ambos. La forma, proporción y situación de estos establecimientos será la más conveniente con su objeto, y se consultará en ellos no solamente la solidez y extensión, sino la elegancia, el aseo, la comodidad y el recreo de la juventud.
Art. 9º La Cámara determina el número de colegios que deben construirse, señala la provincia y si es posible la posición que precisamente debe ocupar cada uno, calculando para esto las ventajas del lugar, por su facilidad para reunir allí todos los niños, por la salubridad del terreno, por la abundancia y bondad de los alimentos, etc.
Art. 10º Cada colegio estará bajo la dirección inmediata de un institutor que será nombrado por la Cámara, escogiéndolo entre los hombres más virtuosos y sabios, cualquiera que sea el lugar de su nacimiento. La mujer del institutor será la institutriz inmediata del de las niñas, aunque bajo la dirección de su marido. Este empleo será el más considerado, y los que lo ejerzan serán honrados, respetados y amados como los primeros y más preciosos ciudadanos de la República.
Art. 11º La Cámara formará el reglamento de organización y policía general de estos establecimientos, según sus clases, especificando la educación que respectivamente conviene a los niños para que adquieran desde su niñez ideas útiles y exactas nociones fundamentales, las más adaptadas a su estado y fortuna, sentimientos nobles y morales, principios de sociabilidad y patriotismo. Este plan se presentará al Congreso, para que siendo examinado y aprobado se convierta en Ley de la República.
Art. 12º Todos los años publicará la Cámara tablas o estados exactos y circunstancias de los niños nacidos y muertos, de su constitución física, de su salud y enfermedades, de sus adelantamientos, inclinaciones, cualidades y talentos particulares. Para hacer todas estas observaciones se servirá de los institutores, de los curas, de los médicos, de los agentes departamentales, de los ciudadanos ilustrados y de todas las autoridades, que empezando por el mismo Presidente, le obedecen todas en materia de educación.
Art. 13º Además de estas atribuciones, la Cámara de Educación dirigirá la opinión pública en las materias literarias, mientras se establece el instituto filosófico. Ella examinará o hará examinar y analizar las obras que se publicaren sobre cualquiera asunto, formando juicio de ellas en el Monitor del Areópago.


También en materia educativa establece principios que guían su plan para todo el pueblo, incluyendo indígenas, las mujeres, la atención al pago de los maestros, la construción de escuelas para lo cual expropia bienes privados e incluso de las iglesias. Juan Martorano (1 de Julio del 2005 http://www.aporrea.org/actualidad/a14435.html) expone sobre el pensameinto educativo de Simón Bolívar que:
“- Los planes de estudio deben llevar a las mentes de los estudiantiles los elementos indispensables para fomentar los principios morales y el respeto a las leyes y a los magistrados, consubstancial con la estabilidad de las instituciones democráticas. - La Cámara de Educación tiene la obligación de elaborar un plan de edificaciones escolares, señalando las condiciones requeridas en estos establecimientos y su ubicación. - Publicación de estadísticas vital y cultural para hacer un balance de los progresos del país.

- Defiende el principio de adaptación de la enseñanza a las condiciones del desarrollo y capacidad del alumno.-Establece conocer las lenguas vivas antes que las muertas.- Recomienda el estudio de la historia comenzar por el presente, a caso con los hombres vivos y sus hechos recientes ya que hace partícipe a los alumnos en la obra que a su alrededor se esta realizando, y por ello reconoce su contribución corresponsable.- Piensa que la geografía y la Cosmografía, deben ser los primeros conocimientos que deben adquirir los jóvenes -El conocimiento de las ciencias exactas, porque ellas nos enseñan el análisis en todo, pasando de lo conocido a lo desconocido, y por ese medio aprendemos a pensar y a raciocinar con lógica.- El aprendizaje y la comprensión de la geometría.

- El aprendizaje de una profesión u oficio debe realizarse como una actividad de servicio colectivo. - Coloca entre las materias del plan de estudios la instrucción sobre “Los Derechos y Deberes del Hombre y del Ciudadano”y las ideas y sentimientos de honor y probidad, amor a la patria, a las layes y al trabajo, respeto a los padres, a los ancianos, a los magistrados y la adhesión al gobierno.

- Opina favorablemente sobre la enseñanza práctica de las normas de comportamiento en sociedad.

- Considera el aseo como máxima inicial que debe inculcarse a los niños, y todo cuanto se refiera a la orientación saludable en su vida en la escuela. - Propone elegir entre los propios niños a los que tienen méritos con el fin de fomentar el espíritu democrático. - Las cosas para hacerlas bien, hay que hacerlas dos veces. La primera enseña la segunda. - Según Bolívar, el educador debe ser, no un sabio, pero sí un hombre distinguido por su educación, por la fuerza de sus costumbres, por la naturalidad de sus modales, jovial, accesible, dócil, franco, en fin en quien tiene como fin en quien se encuentre mucho que imitar y poco que corregir y quien tiene como función formar el espíritu y el corazón de la juventud.”


La vigencia del pensamiento educativo de El Libertador, es evidente, cuando hoy se debate sobre el Estado Docente o la Educación Privatizadora, dirigida por particulares o por intereses setoriales, fundamentalmente económicos, Bolívar deja claro que es el Estado, la República, quien debe dirigir la educación, que la misma debe ser para todos y todas. Es el estado el encargado de formar ciudadanos, republicanos y ello es así, para garantizar que las nuevas sociedades americanas en formación, tengan la herramienta fundamental para su progreso y bienhestar. Sólo el Estado forma con valores que sirven al colectivo. La privatización de la educación alimenta el individualismo, el egoismo, los valores mezquinos, fortalece las diferencias sociales, educativas, culturales y económicas. La oportunidades de acceso a la eduación debe ser para todos y todas en el territorio de cada Estado, de cada nación.


El proceso emancipador y liberador de los pueblos latinoamericanos y caribeños, pasa por LA DEMOCRATIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN y la lucha frontal en contra de la privatización y mercantilización del conocimiento, aplicando los principios socialistas de Educación para todos y Educación para toda la vida. Esto ha de formar parte de los ejes programáticos fundamentales de los gobiernos participativos, para toda la America del Sur.

Un pensamiento educativo de El Libertador: • “Un hombre sin estudios es un ser incompleto”. (Carta a su hermana María Antonia, abril de 1825)


5.- EJE DE PENSAMIENTO MORAL DEL LIBERTADOR . SU VIGENCIA HOY.


Una sociedad, un Estado, una cultura, una civilización sólo se eleva, si garantiza su permanente vigilancia, autoregulación, control, si fortalece sus principios morales y éticos, si no lo hace sucumbe. Y esto es tarea de todos y todas, en cada región, comunidad, escuela, liceo, universidad, Institución sea pública o privada, pero sobre todo en el nucleo familiar.
Han caido reinos, principados, imperios, cuando no se observan los principios morales, éticos y la corrupción, los vicios se apoderan de las instituciones.
La moral y la ética crean vínculos permanentes de solidaridad, de compromiso, de lucha a taves del estudio y el trabajo.

Es el pueblo organizado el mejor contralor, en contra de los corruptos, criminales, mafiosos. La contraloría social es un poder moral de gran importancia social, política, económica.


Fue en el discurso de Angostura, en Febrero de 1819, cuando propone Bolivar la creación del Poder Moral, el mismo no fue acatado por los legisladores, tal vez por temor en algunos, por incomprensión en otros y por no compartir el pensamiento Bolivariano en muchos. No obstante sigue vigente que la fortaleza moral de los ciudadanos es tarea permanente. Presentamos parte del texto:

“EL PODER MORAL
Sección Primera
De la composición, elección, duración, prerrogativas y funciones de este poder

Art. 1º El Poder Moral de la República reside en un cuerpo compuesto de un presidente y cuarenta miembros, que bajo la denominación de Areópago, ejerce una autoridad plena e independiente sobre las costumbres públicas y sobre la primera educación.
Art. 2º El Areópago se compone de dos Cámaras:
Primera: De Moral.
Segunda: De Educación.
Art. 3º El Congreso nombra a pluralidad de votos por esta primera vez, los miembros que deben componer el Areópago, escogiéndolos entre los padres de familia que más se hayan distinguido en la educación de sus hijos, y muy particularmente en el ejercicio de las virtudes públicas. Constituido una vez el Areópago, provee él mismo las plazas que vaquen.
Art. 4º El Presidente del Areópago será nombrado siempre por el Senado, en dos listas, cada una de doce candidatos de los más virtuosos ciudadanos de la República, una presentada por la Cámara de Representantes y otra por el Presidente de la República. Se necesita una mayoría de las dos terceras partes de los miembros presentes en el Senado para esta elección.
Art. 5º Para ser miembro del Areópago se necesita, además de las virtudes públicas, la edad de treinta y cinco años cumplidos.
Art. 6º El que ejerciere por veinticinco años las funciones de areopagita, se publicará con el título de padre benemérito de la patria, conservando hasta su muerte el derecho y no la obligación de asistir y votar.
Art. 7º Los miembros del Areópago se titularán padres de la patria, sus personas son sagradas, y todas las autoridades de la República, los tribunales y corporaciones les tributarán un respeto filial.
Art. 8º La instalación del Areópago se hará con una celebridad extraordinaria, con ceremonias y demostraciones propias para inspirar la más alta y religiosa idea de su institución, y con fiestas en toda la República.
Art. 9º El Congreso reglará por una acta especial los honores que deben hacerse al Areópago, la precedencia que le corresponda en las fiestas y actos públicos, su traje, sus insignias y cuanto concierne al esplendor de que debe estar revestido este Poder Moral.
Art. 10º La dignidad del presidente y miembros del Areópago no se pierde sino por muerte o por destitución.
Art. 11º Ningún miembro del Areópago puede ser destituido sino por el mismo cuerpo.
Art. 12º Siendo el Areópago un tribunal esencialmente irreprensible y santo, todo buen ciudadano debe manifestarle los defectos que se notaren en sus miembros, y el Areópago deberá destituirlos por cualquiera causa que les haga desmerecer la veneración pública.
Art. 13º Cuando algún miembro del Areópago se hubiere hecho reprensible, y el Cuerpo se descuidase en destituirlo, el Gobierno deberá invitarlo hasta por segunda vez a que lo haga, y no verificándolo, informará al Senado. Si el Senado no reconoce en el acusado las virtudes necesarias a un padre de la patria, pronunciará que el Areópago debe destituirlo.
Art. 14º Cuando el Areópago destituyere a alguno de sus miembros, se vestirá de luto por tres días, y el asiento que ocupaba el destituido permanecerá cincuenta años cubierto de un paño negro, con su nombre escrito en grandes caracteres blancos.
Art. 15º Si en un período de doce años diese motivo el Areópago para que el Senado intervenga tres veces en la destitución de sus miembros, procederá el Congreso, de oficio, a la renovación del cuerpo como en su primera instalación, y la República entera se vestirá de luto por un mes. Pero en este caso, el Congreso examinará las actas y reelegirá necesariamente a aquellos miembros que todas tres veces se hubieren opuesto a la depravación del Areópago.
Art. 16º Las funciones que debe ejercer el Areópago, reunidas sus dos Cámaras en una sola, son:
Primera. Designar los veinte miembros que deben componer cada Cámara, y nombrar de entre éstos el que deba presidirla, cuando no lo haga el presidente del Areópago, que tiene derecho de concurrir y votar en cualquiera de ellas.
Segunda. Pronunciar la destitución de alguno de sus miembros, conforme queda establecido, y nombrar los que deban suceder en las plazas vacantes por muerte o destitución.
Tercera. Nombrar dentro de su seno el secretario o secretarios que juzgue necesarios para sus trabajos y para los de cada Cámara.
Cuarta. Pedir al Congreso los fondos que anualmente sean necesarios para sus gastos y establecimientos, exigir cuentas a sus agentes o empleados de la inversión de ellos, y darla al Congreso.
Quinta. Distribuir premios o coronas cívicas cada año a los ciudadanos que más se hayan distinguido por rasgos eminentes de virtud y patriotismo, y despojar de estos mismos premios a los que después de haberlos obtenido se hayan hecho indignos de llevarlos. Estos se celebrarán en una junta pública con la mayor solemnidad.
Sexta. Declarar eminentemente virtuoso, héroe o grande hombre a los que se hayan hecho dignos de tanta recompensa. Sin que haya precedido esta declaratoria, el Congreso no podrá decretar ni erigir ninguna estatua ni otros monumentos públicos en memoria de nadie.
Séptima. Proclamar con aplauso en las juntas de que se ha hablado arriba los nombres de los ciudadanos virtuosos, y las obras maestras de moral y educación. Pregonar con oprobio e ignominia los de los viciosos, y las obras de corrupción y de indecencia; y designar a la veneración pública los institutores e institutrices que hayan hecho mayores adelantamientos en sus colegios.
Sección Segunda
De las atribuciones especiales de la Cámara de Moral
Art. 1º La Cámara de Moral dirige la opinión moral de toda la República, castiga los vicios con el oprobio y la infamia, y premia las virtudes públicas con los honores y la gloria. La imprenta es el órgano de sus decisiones.
Art. 2º Los actos singulares no son de su inspección, a menos que sean tan extraordinarios que puedan influir en bien o en mal sobre la moral pública. Los actos repetidos, que constituyen hábito o costumbre, son los que inmediatamente le competen.
Art. 3º Su autoridad es independiente y absoluta. No hay apelación de sus juicios sino a la opinión y a la posteridad: no admite en sus juicios otro acusador que el escándalo, ni otro abogado que el buen crédito.
Art. 4º Su jurisdicción se extiende no solamente a los individuos sino a las familias, a los departamentos, a las provincias, a las corporaciones, a los tribunales, a todas las autoridades y aun a la República en cuerpo. Si llegan a desmoralizarse debe delatarlas al mundo entero. El Gobierno mismo le está sujeto, y ella pondrá sobre él una marca de infamia, y lo declarará indigno de la República, si quebranta los tratados o los tergiversa, si viola alguna capitulación o falta a algún empeño o promesa.
Art. 5º Las obras morales y políticas, los papeles periódicos y cualesquiera otros escritos están sujetos a su censura, que no será sino posterior a su publicación. La política no le concierne sino en sus relaciones con la moral. Su juicio recaerá sobre el aprecio o desprecio que merecen las obras, y se extenderá a declarar si el autor es buen ciudadano, benemérito de la moral o enemigo de ella, y como tal, digno o indigno de pertenecer a una República virtuosa.
Art. 6º Su jurisdicción abraza no solamente lo que se escribe sobre moral o concerniente a ella, sino también lo que se habla, se declama o se canta en público, siempre para censurarlo y castigarlo con penas morales, jamás para impedirlo.
Art. 7º En sus censuras y amonestaciones se dirige siempre al público, y sólo se entiende con él. No habla ni contesta jamás a los individuos ni corporaciones.
Art. 8º La gratitud pública, la deuda nacional, los tratados, las capitulaciones, la fe del comercio, no sólo en sus relaciones, sino en cuanto a la calidad y legitimidad de las mercancías, son objetos especiales sobre que la Cámara debe ejercer la más activa y escrupulosa vigilancia. En estos ramos cualquiera falta u omisión debe castigarse con un rigor inexorable.
Art. 9º La ingratitud, el desacato a los padres, a los maridos, a los ancianos, a los institutores, a los magistrados y a los ciudadanos reconocidos y declarados virtuosos, la falta de palabra en cualquiera materia, la insensibilidad en las desgracias públicas o de los amigos y parientes inmediatos, se recomiendan especialmente a la vigilancia de la Cámara, que podrá castigarlos hasta por un solo acto.
Art. 10º La Cámara organizará la policía moral, nombrando al efecto cuantos censores juzgue convenientes. Como una recompensa de su celo y trabajo, recibirá el honroso título de Catón el censor que por sus servicios y virtudes se hiciese digno de él.
Art. 11º Cada año publicará la Cámara tablas estadísticas de las virtudes y de los vicios, para lo cual todos los tribunales superiores e inferiores le presentarán cuentas exactas y prolijas de todos los pleitos y causas criminales. También publicará cada año listas comparativas de los hombres que se distinguen en el ejercicio de las virtudes públicas o en la práctica de los vicios públicos.
Art. 12º El pueblo, los colegios electorales, las municipalidades, los gobiernos de provincia, el Presidente de la República y el Congreso consultarán estas listas para hacer sus elecciones y nombramientos, y para decretar los honores y recompensas. El ciudadano cuyo nombre se halle inscrito en la lista de los viciosos no podrá ser empleado en ningún ramo del servicio público, ni de ningún modo; y no podrá obtener ninguna recompensa nacional, ningún honor especial, y ni aun una decoración, aquel cuyo nombre no se halle inserto en las listas de los virtuosos, aunque sí podrá ser empleado por el gobierno.
Art. 13º Las mujeres, igualmente que los hombres, están sujetas a la jurisdicción de la Cámara y reciben de ella premios o castigos, según su mérito.”



6.- EJE DE PENSAMIENTO DE SIMON BOLÍVAR COMO MILITAR. EJERCITO LIBERADOR DE PUEBLOS, NO OPRESOR, NI CONQUISTADOR, ANTI-IMPERIALISTA.


La acción de Simón Bolivar y del ejercito, pasó a la historia universal, por ser el primer ejercito que salió a liberar pueblos, no ha sojuzgarlos, ni a oprimirlos. El ejercito Bolivariano salió, no ha conquistar territorios, ni esclavizar pueblos, sino ha darles la libertad, inclusive fue creador de Estados y nuevas Repúblicas, como el caso de Bolivia. No aceptó Bolivar, recompensas y las que se le otorgaron, las devolvía para la inversión social, para pagar deudas públicas, o gastos militares.

El pensamiento de Bolivar sigue hoy vigente, en su clara posición en contra del Imperio español y tambén avisoró el peligro del Imperio de Estados Unidos que estaba en proceso de formación.
Clara es la posición de Bolívar y los patriotas, cuando en carta del 29 de Noviembre de 1818 expone:


“7º Últimamente declara la República de Venezuela que desde el 19 de abril de 1810, está combatiendo por sus derechos; que ha derramado la mayor parte de la sangre de sus hijos; que ha sacrificado todos sus bienes, todos sus goces y cuanto es caro y sagrado entre los hombres por recobrar sus derechos soberanos, y que por mantenerlos ilesos, como la divina providencia se los ha concedido, está resuelto el pueblo de Venezuela a sepultarse todo entero en medio de sus ruinas, si la España, la Europa y el mundo se empeñan en encorvarla bajo el yugo español.”


Hoy la dignidad, soberanía de venezuela y los Estados de la América del Sur, se ven amenazados por el imperio de los Estados Unidos, pero igual conducta a la de Simón Bolivar, el ejercito Bolivariano y pueblo soberano de ayer, nos corresponde asumir hoy, ante el momento histórico que nos toca vivir. La creación de las milicias populares, del ejercito latinoamericano y caribeño unido, garantiza nuestra soberanía e independencia. Su pensameinto antiimperialista sigue vigente.

Un pensamiento de El Libertador: “Para nosotros la Patria es la América”. (Proclama a la División de Urdaneta, 12 de noviembre de 1814)


7.- EJE DE PENSAMIENTO CONSERVACIONISTA, AMBIENTALISTA Y AGRICOLA.


"La libertad del nuevo mundo, es la esperanza del universo Simón Bolívar da muestras de ser un adelantado a su tiempo, cuando expresa que: "La libertad del nuevo mundo, es la esperanza del universo y esto no sólo por la lucha libertaria, sino por que pensó Bolivar como gran gobernante en la naturaleza, en el agua, los minerales que se encontraban en el subsuelo y esto no sólo por la lucha libertaria, sino por que pensó Bolivar como gran gobernante en la naturaleza, en el agua, los minerales que se encontraban en el subsuelo.
Así que su pensamiento sigue vigente cundo hoy vemos que el gran debate por la vida y la existencia de la humanidad, es el cambio climático, la defensa de la pachamama o madre tierra, de la preservación de los bosques y agua potable, todo locual ha sido alterado por los valores del consumismo desmedido, insubstancial, superfluo, impuesto por las grandes empresas transnacionales y los modos de vida irracionales de grupos sociales. El nuevo Mundo, hoy latinoamérica y el Caribe, vienen desarrollando y cumpliendo con el pensamiento de Simón Bolivar, Jose Marti, Jose de Vasconcelos, San Martín, de la Teológia de la Liberación. Hoy sólo un cambio de sistema cy es del sistema neoliberal y capitalista lo que podrá salvar a la humanidad.

El 19 de Diciembre de 1825 Simón Bolívar, plantea la Conservación de las Aguas y que se planten Un mllón de árboles.


SIMÓN BOLÍVAR,
Libertador de Colombia y del Perú, etc., etc., etc.
Considerando:
1º Que una gran parte del territorio de la República carece de aguas y por consiguiente de vegetales útiles para el uso común de la vida.
2º Que la esterilidad del suelo se opone al aumento de la población, y priva entre tanto a la generación presente de muchas comodidades.
3º Que por falta de combustible no pueden hacerse o se hacen inexactamente o con imperfección la extracción de metales y la confección de muchos productos minerales que por ahora hacen casi la sola riqueza del suelo.
Oída la diputación permanente,
Decreto:
1º Que se visiten las vertientes de los ríos, se observe el curso de ellos y se determinen los lugares por donde puedan conducirse aguas a los terrenos que estén privados de ellas.
2º Que en todos los puntos en que el terreno prometa hacer prosperar una especie de planta mayor cualquiera, se emprenda una plantación reglada a costa del Estado, hasta el número de un millón de árboles, prefiriendo los lugares donde haya más necesidad de ellos.
3º Que el Director general de agricultura proponga al gobierno las ordenanzas que juzgue convenientes a la creación, prosperidad y destinos de los bosques en el territorio de la República.
4º El Secretario general interino queda encargado de la ejecución de este decreto. Imprímase, publíquese y circúlese. Dado en el Palacio de Gobierno en Chuquisaca a 19 de diciembre de 1825.
SIMÓN BOLÍVAR
Por orden de S. E.,
Felipe Santiago Estenós



En materia agrícola se preocupa Simón Bolívar por la produción de alimentos, y ordena que se realice un censo agrícola en Chuquisaca, lo cual demuestra que es un gobernate de pensamiento actualizado, planificador, que requiere diagnósticos ciertos y científicos. Por ello el 17 de Diciembre de 1817 ordena dicho censo en Bolivia.




SIMÓN BOLÍVAR,
Libertador de Colombia y del Perú, etc., etc., etc.
Considerando:
Que el conocimiento del estado actual de la agricultura en el territorio de la República, es el dato sobre que el gobierno debe fundar sus providencias para el establecimiento o mejoras de la industria rural.
Oída la Diputación permanente,
Decreto:
1º Que el Director general de agricultura, asociándose el número de personas que crea necesario, explore el país y dé al gobierno una noticia: 1) del número de establecimientos rurales que haya en actividad; 2) de la especie de cultura129 que se haga en ellos; 3) de la naturaleza del terreno en que estén; 4) del número de individuos empleados en los trabajos, y de su condición; 5) de la situación de los terrenos cultivados con respecto a las vías de comunicación y de transporte.
2º Que con conocimiento de lo establecido y observado hasta ahora en cada departamento relativamente a su agricultura y comercio, el director proponga al gobierno un plan para mejorar la agricultura, así en la variedad y aumento de las mieses y plantas como en los instrumentos y modo de labor para la tierra.
3º El secretario general interino queda encargado de la ejecución de este decreto. Imprímase, publíquese y circúlese. Dado en el Palacio del Gobierno de Chuquisaca a 17 de diciembre de 1825.
SIMÓN BOLÍVAR
Por orden de Su Excelencia,
Felipe Santiago Estenós



8.- EJE DE PENSAMIENTO DE SIMON BOLIVAR COMO LEGISLADOR..


El libertador, como hemos observado a los largo de éste trabajo, era un gran legislador, que desarrollaba ideas para la organización jurídica del gobierno, administrativa, educativa, agrícola, del ambiente, de las aguas, para la libertad de los esclavos, para la economía, para el fomento de la industria y oficios. Su pensamiento universal, no descuidaba que estaba legislando para una realidad y una sociedad en formación, instituciones novedosas, nuevas con principios que no descuidaban la moral, las buenas costumbres. Los principios de justicia, equidad e igualdad estaban presentes en su labor de creación jurídica y de las instituciones, decía: “Que la igualdad entre todos los ciudadanos es la base de la Constitución de la República” El nuevo mundo encontró en Bolivar un arquitecto, un diseñador, un organizador, un administrador, un estadista con visión del futuro.


9.- EJE DE PENSAMIENTO DE SIMÓN BOLÍVAR Y SU GRANDEZA EN EL AMOR.

Simón Bolivar antepone cualquier bien material, gratificación, orgullo, sentimiento al amor a la patria así lo expresa: Y tú, padre, que exhalas suspiros al perder el objeto más tierno, interrumpe tu llanto, y recuerda, que el amor a la patria es primero. 27/07/1813


Y también decía: Amo la libertad de la América más que mi gloria propia, y para conseguirla no he ahorrado sacrificios. (Carta al Presidente del Gobierno General de Nueva Granada, 27 de mayo de1815)
Otro de sus pensamientos es: “La amistad es mi pasión”. (Carta al Cnel. Palacios, 16 de mayo de 1817)

Nos sigue diciendo el Libertador: “El gran poder existe en la fuerza irresistible del amor. (Carta al Gral. Sucre, 6 de abril de 1827).

Su gran pasión y amor lo fue sin duda la libertad de los pueblos del yugo español. Lucho sin descanso, sin reposo de su cuerpo y su alma.

Y su más grande amor lo fue sin duda Manuelita Saenz, llamada La Libertadora del Libertador, las cartas que se cruzaron, demuestran, no sólo la pasión de Bolívar, sino también su capacidad lírica, en la redacción, son verdaderos poemas de amor.



Carta de Simón Bolivar para Manuela Saenz:
Manuela:

Llegaste de improviso, como siempre. Sonriente. Notoria. Dulce. Eras tú. Te miré. Y la noche fue tuya. Toda. Mis sonrisas. El viento que respiré y te enviaba en suspiros. El tiempo fue cómplice por el tiempo que alargué el discurso frente al Congreso para verte frente a mí, sin moverte, quieta, mía…
Mis palabras.
Utilicé las palabras más suaves y contundentes; sugerí espacios terrenales con problemas qué resolver mientras mi imaginación te recorría; los generales que aplaudieron de pie no se imaginaron que describía la noche del martes que nuestros caballos galoparon al unísono; que la descripción de oportunidades para superar el problema de la guerra, era la descripción de tus besos. Que los recursos que llegarían para la compra de arados y cañones, era la miel de tus ojos que escondías para guardar mi figura cansada, como me repetías para esconder las lágrimas del placer que te inundaba.

Y después, escuché tu voz. Era la misma. Te di la mano, y tu piel me recorrió entero. Igual… que los minutos eternos que detuvieron las mareas, el viento del norte, la rosa de los vientos, el tintineo de las estrellas colgadas en jardines secretos y el arco iris que se vio hasta la media noche. Fuiste todo eso, enfundada en tu uniforme de charreteras doradas, el mismo con el que agredes la torpeza de quienes desconocen cómo se construye la vida.

Mañana habrá otra sesión del Congreso. ¿Estarás?

Otra carta del Libertador:
La Paz, 29 de Septiembre de 1825

A Manuela la bella.
Mi adorada Manuelita.

¡ Vale más un grano de cebada que un hombre ansioso en espera del amor! Porque éste es un deeho de nostalgia. Yo, que me jacto de tranquilo ¡ estoy en penumbra de mi desasosiego! Sólo pienso en ti, nada más que en ti y en todo lo que tienen de deliciosas tus formas. Lo que siempre esta en mi mente atormentada por tus bellos recuerdos, es la imagen de lo que imagino en perenne fervor de tu amor y el mio.
¡ Tu solamente existes en el mundo para mí! Tu prístina pureza y rocio tutelar es como un angel que da ánimo, necesario para mis sentidos y mis deseos más vivos. Por ti sé que voy a tener la dicha inmenza de gozar los placeres de éste y del otro mundo ( el del amor), porque desde el principio supe que en ti existe todo lo que yo ansío en mis más caros anhelos.
No tildes mi actitud de indiferente y poco detallista, al igual que falta de ternura. Mira que esta distancia, de un sitio a otro, de que tú y yo estamos, sólos sirve para alimentar en mayor escala el fuego creciente de nuestras pasiones. Al menos a mí, me aviva la delicia de tus reuerdos.
Olvida esa catarata de inválidas sospechas sobre mi fidelidad hacia ti, que sólo van a envejecer tu ánimo y descarriar tus buenos deseos. Recapacita en todo lo que tú no puedes negarme, aún a través de la distancia, y hazlo por mi veneración hacia ti.
Contéstame, al menos esta, que lleva la fiebre de mis palabras. Ya me cansé de hacerlo yo sin tus resapuestas.
¡oh! Ingratitud indolente. ¡Hazlo en favor de una orden expresa, de tu más fino adversario en los campos en los campos del amor! Si no, atiende al próximo “consejillo de guerrillas”, por indisciplina e insubordinación, al faltar acatamientoa una orden superior.

Para la más bella y adorada de mis oficiales, “Manuela la quisquillosa”.

Soy tuyo de corazón,

Bolívar.

BIBLIOGRAFIA


1.- Simón Bolívar: Doctrina del Libertador. Compilación Manuel Perez Vila. Fundación
Biblioteca Ayacucho. 2009.

2.- Las mas hermosas cartas de amor entre Manuela y Simón. Fundación Editorial el perro
y la rana. 2006.

Páginas WEB:
1.- Jose Marti:Nuestra América: http://www.analitica.com/BITBLIO/jmarti/nuestra_america.asp

2.- Jose Vasconcelos. La raza cosmica. Misión de la raza iberoámericana.
http://www.analitica.com/Bitblio/jose_vasconcelos/raza_cosmica.asp

3.- Ernesto Che Guevara: El Hombre Nuevo:
http://www.fmmeducacion.com.ar/Historia/Documentoshist/1965elhombrenuevoche.htm

4.- Simón Bolivar: Doctrina del Libertador:
http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/79150596101682496754491/index.htm


5.- Carta de Simón Bolivar a Manuela Saenz
http://www.simon-bolivar.org/Principal/bolivar/dsimonamanuela.html







Escrito para el Ciclo Bicentenario del 19 de Abril de 1810.
En fecha 12 de abril del 2010
Alexander Alvarado Contreras.